II Concurso de Archivos históricos de empresas - Iniciativa de Archivos - Fundación Williams y Fundación Bunge y Born.

viernes, 20 de febrero de 2009

Patrimonio preservado

 jueves, 19 de febrero de 2009                                    - El ENTRE RÍOS - Colón -
 
La Cámara de Senadores  aprobó un proyecto de ley, de autoría del senador por el departamento Colón, Oscar Arlettaz, por el cual se declara: Patrimonio Histórico - Cultural de la provincia de Entre Ríos a la localidad de “Pueblo Liebig´s”.  

   "Esta importante ley resolvería, una vez aprobada en Diputados y reglamentada, un grave problema que afecta a los pobladores de Liebig que ven como día a día se van quedando sin su patrimonio por el desguace y la venta de lo que otrora fuera la Fábrica Colón y ahora inclusive correrían peligro las viviendas." En algunos de los artículos se afirma que queda comprendido todas las construcciones existentes en el radio urbano de dicha localidad, predio deportivo, balneario,  casas habitaciones, instalaciones, mobiliario actual de la misma, sean estas privadas o no; edificaciones que serán considerados Lugar Histórico Cultural de Entre Ríos” y quedarán sujetos al régimen de Monumento Histórico Provincial”.

   En otros se agrega que: Se prohíbe toda destrucción, modificación. reforma, ampliación, refacción, refuncionalización y/o intervención que afecte las edificaciones protegidas, tanto en su estructura arquitectónica como morfológica sin contar con la previa y expresa autorización del Área Patrimonio Cultural y Ambiental de la Subsecretaría de Cultura (Decreto 4262/59). Tampoco podrán ser cambiados de destino dichos edificios sin contar con la autorización precedente. Cualquier intervención deberá contar con el asesoramiento técnico especializado y pertinente, debiendo para ello el Poder Ejecutivo Provincial, proveer del personal idóneo para cumplir con la finalidad proteccionista que persigue la presente declaración”.

   En la parte de económica se preveen duras sanciones para quienes intenten algun tipo de agresión, deterior o destrucción de estas propiedades como lo indica el artículo 6to de la presente Ley: “ Cuando los bienes que se conservan y preservan por esta Ley sean objetos de agresión, el autor será sancionado con pena de multa que va desde un mínimo de Diez mil pesos ($ 10.000) y hasta un máximo de Cincuenta mil  pesos ($ 50.000) teniendo en cuenta para su determinación la magnitud del daño ocasionado. Si fueran objeto de deterioro, destrucción parcial, la sanción será como mínimo la suma de Cincuenta mil  pesos ($ 50.000) y hasta un máximo de Ciento Cincuenta Mil Pesos ($ 150.000). Si la transgresión consistiera en la destrucción total, pérdida, ocultamiento o similar, la sanción será, desde un mínimo equivalente a Ciento Cincuenta Mil Pesos ($ 150.000),  y hasta un máximo de Quinientos Mil pesos ($ 500.000). Cuando por las características del hecho, fuera posible la recuperación y/o restitución del bien protegido, a su estado anterior, ello se logrará con cargo al infractor o responsable”.

   Estos terrenos pertenecientes a la firma Liebig, luego pasaron a formar parte de Frigorífico Colón S.A. hoy abandonado y desmantelado. A partir del cierre del frigorífico, el camino que ha encontrado la comunidad de Liebig para superar su estancamiento económico, es el turismo, por lo que este paseo es fundamental como atractivo turístico. Es así, como Pueblo Liebig ha ido definiendo como su principal producto turístico su patrimonio arquitectónico-urbanístico, patrimonio que este proyecto busca preservar de su inevitable destrucción.

* nota completa publicada en El ENTRE RÍOS, jueves 19 de febrero de 2009 - Colón.
 

http://www.reportecuatro.com.ar/ver_noticias.php?id_nota=9094
http://www.lavoz901.com.ar/despachos.asp?cod_des=69184&ID_Seccion=18